Protección Max
Seguro de Vida Protección Max
Un seguro de vida que cubre todas las contingencias de la vida, ofreciendo verdadera protección y seguridad ante accidentes, enfermedades o situaciones imprevisibles.
Coberturas
Enfermedades graves
Transplantes
Pérdida o disminución de ingresos por accidente
Cuidados en el hogar por accidente
Enfermedades graves
Módulo que comprende siete enfermedades ante cuyo diagnóstico se abona la indemnización prevista. Están comprendidas las siguientes enfermedades: cáncer, infarto agudo de miocardio, accidente cerebrovascular, cirugía de arterias coronarias (by pass), sustitución de válvulas cardíacas, insuficiencia renal crónica y SIDA (HIV positivo).
Transplantes
Módulo que cubre los trasplantes de riñón, corazón, corazón-pulmón (bloque), médula ósea e hígado.
Pérdida o disminución de ingresos por accidente
Exclusivo para profesionales autónomos. Esta cobertura otorga una renta preestablecida ante un accidente que impida generar ingresos.
Cuidados en el hogar por accidente
Se paga la suma establecida para esta cobertura cuando el asegurado no puede desempeñar por sus propios medios dos o más de las cinco actividades básicas de la vida diaria (bañarse, vestirse, alimentarse, desplazarse y realizar sus necesidades corporales).
Adicionales Seguro de Vida Protección Max
Muerte accidental e indemnizaciones parciales por accidente
Incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente
Renta diaria por internación por accidente
Adelanto por enfermedad terminal
Muerte accidental e indemnizaciones parciales por accidente
El capital asegurado es igual al de la cobertura básica y se indemniza en forma adicional ante esta contingencia.
Incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente
Es sustitutiva de la cobertura básica de muerte, por idéntica suma asegurada.
Renta diaria por internación por accidente
Frente ante a este tipo eventualidad, se abona una indemnización diaria prevista al momento de la contratación.
Adelanto por enfermedad terminal
Se otorga un anticipo del 50% del capital básico( hasta un tope de $100.000) ante la determinación de una dolencia de carácter terminal al asegurado.